Pasar al contenido principal
29 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 1 minuto | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Laboral


Más de $ 190 millones deberá pagar empresa por muerte de empleado mientras tercero hacía reparaciones en la compañía

11 de Marzo de 2024

Reproducir
Nota:
176396
Imagen
Más de $ 190 millones deberá pagar empresa por muerte de empleado mientras tercero hacía reparaciones en la compañía (Freepik)

La Sala de Descongestión Número Cuatro de la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena a una empresa a pagar más de $ 190 millones a los familiares de un empleado que murió en un accidente laboral en donde se acreditó la culpa patronal.

El día del accidente, el encargado de la obra estaba manipulando manualmente una teja de gran tamaño, incluso superior a su altura, mientras el empleado fallecido estaba adelantando sus funciones como cortador de telas.

Ante la dificultad del contratista para estabilizar la teja, dos personas, entre ellas el empleado que falleció, se acercaron a auxiliarlo sin percatarse que hizo contacto con un cable de alta tensión.

Frente al argumento de la empresa según el cual el accidente fue por un hecho exclusivo de la víctima, la Sala lo desacreditó por cuanto solo podría quebrantar el nexo causal si el empleador hubiera probado que el suceso se presentó de no haber concurrido su omisión de ejercer los controles pertinentes para realizar las reformas.

La actitud del empleado fue de colaboración y socorro, por eso se desplazó a tratar de impedir un daño de mayor envergadura, situación que de ninguna manera puede censurarse, salvo que este hubiera recibido la capacitación o la instrucción puntual de no hacerlo, lo cual no se probó.

Así las cosas, la empresa permitió que los arreglos a las instalaciones del lugar se hicieran en horas laborales y en presencia de los trabajadores, lo que refleja que en efecto no se tomaron las precauciones del caso para proteger y asegurar al personal, de suerte que se configuró una conducta culposa en el accidente que sufrió el empleado (M. P.: Ana María Muñoz Segura).

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias y documentos sin límites

Siga nuestro canal Legis Ámbito Jurídico en WhatsApp.

Paute en www.ambitojuridico.com/paute-aqui

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)