Laboral
Listo decreto sobre beneficios económicos para personas de escasos recursos sin derecho a pensión
02 de Abril de 2013
El presidente Juan Manuel Santos firmó el Decreto 604 del 2013, que reglamenta el acceso y la operación de los beneficios económicos periódicos (BEP), con los que se busca favorecer a las personas de escasos recursos que, habiendo llegado a la edad de pensión, no cumplen los demás requisitos para acceder a ella.
Los BEP les permitirán a los colombianos beneficiarse, hasta su muerte, con el pago de una suma de dinero de hasta el 85 % del salario mínimo mensual vigente.
La suma que recibirán los beneficiarios dependerá del ahorro que hayan acumulado, e incluirá un subsidio del 20 % por parte del Estado, como premio al esfuerzo del trabajador. De esta manera, por cada 100 pesos que una persona aporte en el respectivo año, le corresponderán 20 pesos adicionales, considerados como subsidio periódico.
Los BEP serán administrados por Colpensiones (el nuevo administrador del Régimen de Prima Media), entidad que tendrá cinco meses para implementarlos.
Los afiliados al Sistema General de Pensiones podrán abrir una cuenta BEP en Colpensiones, y ahorrar en ella cuando los ingresos no les permitan ahorrar en dicho sistema. Es decir, podrán ahorrar lo que puedan y cuándo puedan, explicó el Ejecutivo.
Aunque no será posible cotizar simultáneamente a los dos sistemas en un mismo mes, el ahorro que se logre en el mecanismo BEP permitirá mejorar el ingreso futuro o completar los requisitos en el régimen pensional.
Esta figura, que según cuentas del Gobierno beneficiará a más de nueve millones de personas, fue autorizada por la reforma pensional del 2005 (Acto Legislativo 01) y desarrollada por la reforma financiera (Ley 1328 del 2009).
(Ministerio del Trabajo, Decreto 604, abr. 1°/13)
Opina, Comenta