La vinculación por medio de contrato comercial desvirtúa la prestación personal propia de una relación laboral (10:55 a.m.)
28 de Julio de 2011
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Nota:
75836
La Corte Suprema de Justicia estuvo de acuerdo con la tesis de un juez de segunda instancia, según la cual la vinculación de un trabajador por medio de un contrato comercial desvirtúa la prestación personal de una relación laboral. Por ello, decidió no casar el fallo en que se negó la existencia de un contrato de trabajo entre dos trabajadores y dos empresas que habían celebrado un contrato de prestación de servicios de asesoría con una sociedad a nombre la cual actuaban los demandantes. Según el alto tribunal, no puede existir entre dos personas jurídicas la subordinación propia de un contrato laboral (M.P. Jorge Mauricio Burgos Ruiz).
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