Laboral
Juez no debe modular fallo que anula despido por violación del fuero circunstancial
14 de Septiembre de 2012
Cuando se declara nulo el despido de un trabajador por vulnerar lo dispuesto en el artículo 25 del Decreto 2351 de 1965 sobre el fuero circunstancial, el juez no debe examinar la conveniencia o inconveniencia de la continuidad del vínculo contractual.
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que, en estos casos, la consecuencia necesaria es volver las cosas al estado que tenían antes de producirse el acto viciado, sin que el juez pueda modular los efectos de su decisión.
Aunque las soluciones legales aplicables al reintegro del trabajador despedido sin justa causa y los casos de fuero circunstancial son, en apariencia, semejantes, tienen diferencias sustanciales y de fondo, aclaró la Sala.
(Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral, Sentencia 38962, jul. 10/12, M. P. Luis Gabriel Miranda Buelvas)
Opina, Comenta