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Laboral


Independientes de bajos ingresos seguirán sin cotizar a pensiones

06 de Diciembre de 2011

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Nota:
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El plazo de tres años que dio la Ley 1250 del 2008 para que los trabajadores independientes con ingresos inferiores a un salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV) pudieran afiliarse al sistema contributivo de salud sin cotizar a pensiones se vencía el pasado 27 de noviembre.

 

Y aunque el Gobierno debió utilizar este tiempo para presentar una propuesta legislativa que amparara a esos trabajadores en su vejez, la solución, que es transitoria, solo llegó dos días antes del cumplimiento del término.

 

El Decreto 4465, del pasado 25 de noviembre, permite que los independientes de bajos ingresos sigan cotizando en las condiciones autorizadas por la Ley 1250, utilizando el tipo de cotizante 42 de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, hasta el 30 de junio del 2012.

 

El único requisito es que, a la fecha de entrada en vigencia del decreto, estuvieran inscritos en el Registro de Independientes de Bajos Ingresos.

 

Cuando se venza ese plazo, deberán decidir si siguen en el régimen contributivo o se afilian al subsidiado, cotizando a pensiones, o ingresan al Sistema de Beneficios Económicos Periódicos, en los términos previstos por el Gobierno.

 

Mientras tanto, el Congreso está tramitando un proyecto de ley que modificaría la Ley 100 de 1993, en relación con la afiliación obligatoria al Sistema General de Pensiones. El informe de ponencia para segundo debate en la plenaria del Senado propone que la afiliación sea obligatoria para todos los trabajadores dependientes, sin importar sus ingresos, y para los trabajadores independientes que devenguen más de un SMLMV.

 

(Minsalud, D. 4465, nov. 25/11)

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