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Laboral


Estos son los puntos centrales de la ley de emprendimiento juvenil

La nueva ley elimina exigencia de la libreta para iniciar a trabajar, sin embargo, da un plazo de 18 meses para definir la situación militar y la posibilidad de pagar el documento por nómina.
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03 de Mayo de 2016

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El presidente Juan Manuel Santos sancionó la Ley Projoven (Ley 1780), con la que se pretende apoyar a los jóvenes en materia de empleo, permitirles realizar prácticas en entidades del Estado y vincularlos laboralmente en cargos de primer nivel.

 

La nueva norma contempla que las entidades públicas o privadas no podrán exigir la tarjeta militar para ingresar a un empleo. Sin embargo, a partir de la fecha de su vinculación laboral estas personas tendrán un lapso de 18 meses para definir su situación militar, para lo cual se establece la posibilidad de pagar el documento mediante descuentos por nómina.

 

También contiene disposiciones adicionales, como nuevos incentivos para la contratación de los jóvenes, tanto en el sector público como en el privado, y programas de empleo en zonas rurales. (Lea: Circunstancias ajenas para cumplir requisitos de Ser pilo paga no son obstáculo)

 

Estos son los ejes centrales de la nueva ley:

 

• Creación de un fondo de capital para fomentar y financiar los emprendimientos de jóvenes en el campo y las ciudades.

 

• Exención del pago del registro mercantil para empresas de jóvenes.

 

• Beneficios tributarios para pequeñas empresas establecidos en la Ley 1429 del 2010

 

• Prácticas laborales remuneradas en ministerios y entidades públicas de primer nivel.

 

• Plan carrera acelerado en grandes empresas del Estado.

 

• Creación de cargos que no exijan experiencia laboral en entidades públicas.

 

• Reducción del 4 % de los aportes a cajas de compensación familiar para empresas que contraten jóvenes sin experiencia.

 

• Creación del Sistema Nacional de Prácticas Laborales.

 

• Eliminación de la exigencia de la libreta militar para empezar a trabajar.

 

• Facilidades de pago y posibilidades de descuento de nómina de los costos de la libreta militar.

 

• Reducción de multas hasta por un 90 % y de cuota de compensación militar hasta por un 60 %.

 

(Congreso de la República, Ley 1780, May. 2/16)

 

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