Laboral
Estabilidad reforzada en casos de acoso laboral comienza desde que la autoridad verifica los hechos
11 de Octubre de 2011
En los casos de acoso laboral, el periodo de estabilidad laboral reforzada al que tiene derecho el denunciante comienza cuando la autoridad administrativa, judicial o de control competente verifica los hechos, indicó el Ministerio de la Protección Social.
De acuerdo con la ley contra el acoso laboral (L. 1010/06), este periodo busca evitar las represalias contra las personas que hayan denunciado el acoso o contra los testigos que participen en los procedimientos administrativos y disciplinarios.
El Ministerio aclaró que, en estos casos, el inspector de trabajo solo puede adoptar medidas preventivas y correctivas. En cambio, el juez laboral y el Ministerio Público están facultados para imponer sanciones.
Si el inspector no toma las medidas pertinentes, su negligencia puede entenderse como tolerante con el presunto acoso, advirtió la entidad.
(Minprotección, Cpto. 208114, jul. 15/11)
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