Laboral
En firme fallo sobre cambio de régimen de pensión para beneficiarios de transición
20 de Agosto de 2013
La Corte Constitucional ratificó su decisión de unificar la jurisprudencia sobre las condiciones que les permiten a los beneficiarios del régimen de transición trasladarse de esquema de pensión.
La Sala Plena dejó en firme la Sentencia SU-130 del 2013, según cual solo quienes hayan aportado durante un mínimo de 15 años al entrar en vigencia la Ley 100 de 1993 pueden tramitar el traslado y gozar de los beneficios del régimen de transición.
Así las cosas, quienes al 1º del abril de 1994 tuvieran 35 años o más, para el caso de las mujeres, y mínimo 40, para los hombres, pueden cambiarse de esquema en cualquier tiempo y cada cinco años, contados a partir de la selección inicial, excepto cuando les falten 10 años o menos para adquirir el derecho a la pensión.
(Corte Constitucional, Auto 168, Sentencia SU-130, jul. 31/13, M. P. Gabriel Eduardo Mendoza)
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