Laboral
Empleador que no protege al trabajador acredita su culpa en accidente laboral
21 de Noviembre de 2013
El incumplimiento del empleador en la observancia de los deberes de protección y seguridad frente a sus trabajadores acredita su culpa en el accidente laboral y lo hace responsable de la indemnización total y ordinaria de los perjuicios causados.
Así lo recordó la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, al señalar que tal reparación también depende de la existencia del nexo causal entre el incumplimiento y el daño originado en el accidente o la enfermedad profesional.
Según el fallo, el patrón debe tomar las medidas encaminadas a evitar que el empleado sufra menoscabo en su salud o integridad a causa de los riesgos del trabajo.
Por otro lado, la corporación resaltó que el juez laboral se puede apartar de las consideraciones adoptadas por la autoridad administrativa sobre la presunta responsabilidad patronal, al no ser de competencia de esta.
De esa forma, el juzgador debe construir su convencimiento con base en todo el material probatorio allegado al proceso, agregó.
(Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral, Sentencia 44502, sep. 25/13, M. P. Carlos Ernesto Molina)
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