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Laboral


Empleador puede regular la libertad de expresión sindical, pero no anularla

Prohibir la publicidad sobre el proceso de negociación colectiva lesiona la libre expresión de los trabajadores sindicalizados.
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26 de Enero de 2012

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El empleador puede regular el derecho de libre expresión sindical, pero no anularlo, pues su libertad de regulación no es absoluta, advirtió la Corte Constitucional.

 

En una sentencia de tutela del pasado 23 de mayo, publicada recientemente, la Corte señaló que en un conflicto colectivo, el empleador no puede restringir la libertad de expresión del sindicato, pues esto le daría una ventaja inconstitucional, desproporcionada y violatoria de los derechos de asociación sindical y negociación colectiva.

 

En el caso analizado, el alto tribunal indicó que la prohibición de fijar publicidad sobre el proceso de negociación colectiva incluida en el reglamento interno de la empresa Proleche lesionó la libre expresión del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Industria Lechera.

 

Por esa razón, tuteló la libertad de expresión y la actividad sindical de la organización, y le ordenó a la empresa no restringir la comunicación de los intereses de los trabajadores. Sin embargo, le permitió determinar las reglas y los espacios habilitados para fijar dicha publicidad, sin obstruir el derecho a la información.

 

(Corte Constitucional, Sentencia T-434, mayo 23/11)

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