Laboral
Dotación pierde su objeto si el trabajador no está prestando sus servicios
19 de Noviembre de 2015
En concepto del Ministerio del Trabajo, el objeto de la dotación, es decir, usar el vestido y calzado de labor suministrados por el empleador en el desarrollo de las funciones propias del cargo, se pierde si el trabajador no está prestando sus servicios.
La entidad recordó la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, según la cual el objetivo de la dotación es que el trabajador la utilice en las labores contratadas, so pena de perder el derecho a recibirla, más en modo alguno de aquel que se halle cesante y que por obvias razones no puede utilizarla en la labor contratada.
El artículo 233 del Código Sustantivo del Trabajo prevé que el trabajador queda obligado a destinar el calzado y vestido de labor suministrados a su uso en la labores contratadas, según la naturaleza del trabajo y en medio ambiente en que este se desarrolle. En el evento en que no lo hiciere, el empleador quedará eximido de hacerle el suministro en el periodo siguiente.
La entrega permanente de los elementos mencionados al trabajador que haya cumplido más de tres meses al servicio del empleador se debe realizar el 30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre, agregó.
La consulta se refería a la entrega de dotación a trabajadores incapacitados.
Mintrabajo, Concepto 199348, oct. 9 - 15
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