Defensor de familia puede obtener copia de una historia clínica, con previa orden (8:15 a.m.)
26 de Abril de 2012
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Nota:
81257
La definición legal de las personas que pueden conocer la información contenida en una historia clínica obedece a la estrecha relación que tiene este documento con el derecho a la intimidad de su titular, pues contiene datos confidenciales, recordó el Ministerio de Salud. Aunque, en principio, solo el titular puede conocer la información contenida en dicho documento y autorizar a terceros su conocimiento, la ley autoriza expresamente a ciertas personas para acceder a ella, como es el caso del equipo de salud y las autoridades judiciales. Por lo tanto, en ejercicio de atribuciones judiciales, el defensor de familia podría obtener la copia de una historia clínica, previa orden que así lo requiera.
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