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24 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 47 minutos | ISSN: 2805-6396

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Laboral


¿Cuáles certificados del Dane son idóneos para indexar los salarios base de cotización o el IBL de las pensiones?

30 de Agosto de 2017

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Nota:
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Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que para calcular el ingreso base de liquidación (IBL) deben promediarse los ingresos base de cotización actualizados anualmente de acuerdo a la variación del índice de precios al consumidor (IPC) que certifique el Departamento Nacional de Estadística (Dane).

 

Las certificaciones que emite tal entidad sirven para efectos de actualizar los salarios base de cotización:

 

(i) El IPC, índices serie de empalme.

 

(ii) El IPC, variaciones porcentuales.

 

Lo anterior significa que los ingresos base de cotización pueden actualizarse utilizando cualquiera de los dos siguientes métodos:

 

a) Con base en la variación porcentual del Índice Nacional de Precios al Consumidor certificado por el Dane para el año calendario inmediatamente anterior, es decir, incrementando anualmente los ingresos base de cotización hasta llegar a la fecha de la última cotización realizada (operación que se realiza con el certificado IPC, variaciones porcentuales).  

 

b) Multiplicando el salario base de cotización por el guarismo que resulte de dividir el índice final de precios al consumidor del acumulado a diciembre de la anualidad anterior a la fecha de causación de la pensión entre el índice inicial del acumulado al mismo mes de la anualidad anterior a la fecha de cotización de cada salario base (operación que se realiza con el certificado de IPC, índices serie de empalme). (Lea: Recuerdan factores salariales para obtener el ingreso base para liquidar pensión de vejez)

 

Según el pronunciamiento, independientemente del método que se utilice para actualizar los salarios base de cotización, siempre que sean aplicados correctamente, arrojan el mismo resultado.

 

En efecto, la diferencia entre uno y otro radica en que el segundo permite la actualización en un solo paso, es decir, no es necesario realizar cálculos de actualización de cotizaciones de cada anualidad, como ocurre con el primer método (M. P. Clara Cecilia Dueñas).

 

Corte Suprema de Justicia Sala Laboral, Sentencia SL66132017 (48242), 05/03/2017

 

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