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Corte reiteró que pacientes con enfermedades catastróficas pueden ser exonerados de copagos en la atención de salud (9:08 a.m.)

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22 de Junio de 2011

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La Corte Constitucional reiteró que aunque la exoneración de cuotas moderadoras o copagos no procede de manera automática ni en todos los casos, las personas que sufren enfermedades catastróficas pueden ser beneficiarias de dicha exoneración, por encontrarse en un estado de debilidad manifiesta, donde se pueden ver afectados derechos fundamentales. Por tal razón, la Sala Quinta de Revisión tuteló el derecho al mínimo vital a la familia de una mujer a quien para salir del centro hospitalario se le exigió la firma de un pagaré por los copagos pendientes y después del fallecimiento de la paciente, se está buscando hacer efectivo dicho pagaré. La corte señaló que la vulneración de derechos se hizo efectiva a la paciente en vida y continúan proyectándose a su familia supérstite. La sala dejó sin efectos el compromiso de pago (M. P. Jorge Iván Palacio).

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