15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 19 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Laboral


Conozca cuándo los empleados públicos tienen derecho a incremento salarial anual

21 de Mayo de 2018

Reproducir
Nota:
33477
Imagen
dinero-billetes-plata-pesosbigedit.jpg

Recordando la postura de la Corte Constitucional, la Sección Segunda del Consejo de Estado precisó que el objeto del incremento salarial anual consiste en “resguardar a los trabajadores del negativo impacto que en sus ingresos laborales producen la pérdida del poder adquisitivo y el encarecimiento del costo de vida en una economía inflacionaria”.

 

De tal manera, la providencia aseguró que este incremento está destinado a los trabajadores que vienen recibiendo una remuneración determinada, pues su fin último consiste en evitar un impacto negativo en sus ingresos. (Lea¿Cómo se realiza el cálculo de la sanción moratoria en el pago de cesantías a servidores públicos?)

 

Bajo este argumento, el alto tribunal negó la solicitud de una exempleada de la Contraloría del Atlántico vinculada en el año 2011 al ente de control territorial, quien pretendía el reconocimiento y pago de las diferencias prestacionales por concepto de reajustes salariales, bajo la Resolución Reglamentaria 00015 del 2013.

 

Sin embargo, el fallo del alto tribunal administrativo precisó que los destinatarios de esta resolución reglamentaria eran aquellos empleados que para los años 2001, 2003 y 2004 estaban prestando su servicio a la entidad. (Lea: Consejo directivo de entidades descentralizadas municipales puede establecer escalas de remuneración y fijar aumentos)

 

En tal sentido, a favor de la demandante no se constituyó el derecho al incremento salarial, toda vez que para esa fecha la extrabajadora no estaba vinculada al servicio de la entidad y, por ende, no sufrió desmejora o detrimento en su remuneración. (Lea: Este es el incremento salarial 2018 para empleados públicos)

 

Además, aclaró que los empleados que sí sufrieron tal detrimento podían reclamar su derecho al ajuste salarial dentro de los tres años siguientes al momento en que se hizo exigible, es decir, que como el último de los incrementos dejados de realizar correspondió al año 2004, la reclamación se debió formular a más tardar en el año 2007, so pena de extinguirse el derecho por prescripción (C. P. Rafael Francisco Suárez).

 

Consejo de Estado, Sección Segunda, Sentencia 08001233300020140040801 (033516), Feb. 8/18

 

Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvilSolicite un demo.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)