¿Cómo se determina el término de exigibilidad de las cesantías definitivas? (9:07 a.m.)
19 de Abril de 2018
Reproducir
Nota:
61113
La Sección Segunda del Consejo de Estado realizó algunas precisiones sobre las cesantías a que tienen derecho los servidores públicos y cómo opera la sanción moratoria por su consignación tardía. Explicó que el término a partir del cual se hace exigible la sanción moratoria por el pago tardío de las cesantías definitivas comprende las siguientes posibilidades: (i) 45 días hábiles a partir del día siguiente de la ejecutoria del acto que reconoce las cesantías definitivas (5 días hábiles en vigor del Código Contencioso Administrativo (CCA) o 10 en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA)) o (ii) cuando al cabo de los 15 días hábiles siguientes a la formulación de la solicitud del interesado esta no se resuelve o no se profiere el acto que las reconoce se tendrá en cuenta la fecha de presentación para contar 65 (CCA) o 70 (CPACA) días hábiles, que transcurridos, a partir del día hábil siguiente se causará la sanción moratoria. Consulte en el documento adjunto el desarrollo jurisprudencial completo (C. P. Carmelo Perdomo Cuéter).
Opina, Comenta