Auxilio de transporte no tiene en cuenta la distancia ni el número de veces al día que se deban pagar pasajes
04 de Junio de 2020
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Aunque el auxilio de transporte no hace parte integrante del salario, ya que no retribuye directamente los servicios prestados por el trabajador y, por ende, no constituye un ingreso para el mismo, por ficción legal se entiende incluido para efectos de liquidar las prestaciones sociales. Así las cosas, recordó el Ministerio del Trabajo, el empleador está obligado a cancelar el auxilio de transporte, siempre y cuando el trabajador devengue hasta dos veces el salario mínimo mensual legal vigente, labore en lugares donde se preste el servicio público de transporte (urbano o rural) y deba utilizarlo para desplazarse de su residencia al sitio de trabajo, sin tener en cuenta la distancia ni el número de veces al día que deba pagar pasajes, ni cuántos deba pagar.
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