Árbitros pueden disponer aumentos salariales por encima del IPC (9:26 a.m.)
01 de Marzo de 2010
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Nota:
64368
No existe objeto ilícito cuando los árbitros, en principio, disponen un aumento salarial por encima del índice de precios al consumidor (IPC), pues esa es precisamente una de las facultades que pueden ejercer cuando la solución del conflicto llegue a sus manos. Así lo manifestó la Corte Suprema de Justicia, al indicar que el mecanismo de negociación colectiva busca mejorar las condiciones de trabajo, entre las cuales se entienden comprendidas las aspiraciones salariales. Por otra parte, los árbitros no pueden imponer la jornada de trabajo por laudo arbitral, debido a que se trata de un derecho de rango legal. De lo contrario, se afectaría el derecho legal del empleador, concluyó el alto tribunal (M.P. Luis Javier Osorio López).
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