Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Fijarían retención y pago de la cuota sindical en industria del petróleo

Las organizaciones sindicales tendrán el derecho a solicitar la información que estimen pertinente y pedir las aclaraciones que sean necesarias para el recaudo de las cuotas sindicales.

Openx [71](300x120)

188361

27 de Mayo de 2024

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

El Ministerio del Trabajo publicó un proyecto de resolución que fijaría la retención y pago de la cuota sindical por beneficio convencional en la industria del petróleo. Según el documento, las personas naturales y jurídicas contratistas que realicen en favor de empresas contratantes actividades propias o esenciales de la industria del petróleo deberán descontar del salario de los trabajadores beneficiarios de un convenio colectivo o laudo arbitral, independientemente de que estén o no afiliados al sindicato que sea parte en dicho instrumento, una suma igual a la cuota ordinaria con que contribuyen los afiliados al mismo y trasladar esos recursos a la agremiación sindical beneficiaria.

Además, el proyecto plantea que las empresas contratantes de la industria del petróleo tendrían la obligación de elaborar un listado de los contratistas que realicen labores esenciales o propias y que tengan a su disposición personal empleado. (Lea: Sindicalismo y mujeres (I)).

De ser aprobado este proyecto, este listado deberá ser remitido a las organizaciones sindicales dentro de los 10 días hábiles siguientes a la entrada en vigencia de la futura norma y de forma periódica.

Igualmente, las empresas contratistas deberán remitir a las organizaciones sindicales que sean parte en los convenios colectivos o laudos aplicables en la empresa un listado completo de los trabajadores que tienen a su disposición, especificando su nombre, salario, cargo, si se beneficia o no de un convenio colectivo o laudo.

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias y documentos sin límites.  

Paute en Ámbito Jurídico.

Siga nuestro canal en WhatsApp.

¿Quieres descargar este documento?

close

Necesitas estar suscrito para acceder a este contenido.
Suscríbete ahora o inicia sesión y accede a documentos exclusivos, análisis jurídicos y más

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)