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20 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 12 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Extranjeros tienen derecho a celebrar contratos laborales y ser afiliados a una caja de compensación familiar

22 de Junio de 2022

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Los extranjeros que están legamente en Colombia y que acatan nuestra Constitución Política y las leyes gozan de los mismos derechos y deberes que los colombianos, por lo que tienen derecho a celebrar contratos de trabajo, el pago de un salario por la prestación de sus servicios, afiliación al Sistema General de Seguridad Social (salud, pensión y riesgos laborales), afiliación a una caja de compensación familiar, pago de prestaciones sociales, vacaciones y afiliación a una asociación y/o una organización sindical, si es el caso.

Para estas afiliaciones, indicó la Superintendencia del Subsidio Familiar, se debe tener en cuenta la legislación vigente que regula la expedición de visas, el ingreso y permanencia de extranjeros en el territorio nacional y la regulación específica por nacionalidades, como es el caso del Decreto 216 del 2021, por el cual se crea el Estatuto temporal de protección para migrantes venezolanos, el cual comenzó a regir el pasado 30 de mayo.

Ahora bien, las cajas de compensación familiar, de acuerdo con su autonomía administrativa, pueden establecer procedimientos internos que les permita cumplir a cabalidad su objeto social y garantizar el cumplimiento de los objetivos del subsidio familiar, en los términos del artículo 1 de la Ley 21 de 1985.

En este sentido, les corresponde verificar plenamente que las personas a cargo de sus trabajadores afiliados cumplan con todos los requisitos legales y, si son extranjeros, que cumplan con los criterios legales necesarios para su permanencia en el país, solicitando, entre otros, los documentos de identidad del afiliado y su grupo familiar (cédula de extranjería, pasaporte, carné diplomático, salvoconducto de permanencia, etc.).  

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