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28 de Marzo de 2024 /
Actualizado hace 14 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Existe libertad probatoria para demostrar la configuración de la mora patronal

20 de Mayo de 2022

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Nota:
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La jurisprudencia ha establecido que existe libertad probatoria para demostrar la configuración de la mora patronal, recordó la Corte Constitucional. Agregó que, en todo caso, la afiliación del trabajador durante el tiempo reputado en mora y la inexistencia de una novedad de retiro en la historia laboral permiten inferir que hubo mora del empleador en el pago de los aportes.

Adicionalmente, si existen dudas sobre la relación laboral que causó las cotizaciones, le corresponde a los jueces laborales decretar pruebas de oficio para aclarar los hechos.

Si la incertidumbre se hace evidente en sede de casación, por tratarse de la protección de un derecho fundamental, la Sala de Casación Laboral debe casar la decisión de instancia y emitir una sentencia de remplazo. En este último escenario deben decretarse pruebas de oficio para determinar si hay o no lugar a conceder el derecho.

En el caso concreto, las historias laborales allegadas al proceso eran suficientes para demostrar la continuidad de la relación laboral. Sin embargo, la autoridad judicial demandada decidió negar las pretensiones del actor porque no había certeza sobre la existencia de la relación laboral que generó el deber de cotizar los periodos acusados en mora.

Concluyó la Sala entonces que esa decisión desconoció que las historias laborales registraban que el trabajador estaba afiliado durante el periodo acusado en mora y no existía novedad de retiro. Esto a su vez implicó un defecto fáctico por indebida valoración probatoria (M. P. Gloria Stella Ortiz Delgado).

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