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Entrega de medicamentos debe ser oportuna, aunque no exista norma que regule vigencia de las fórmulas médicas (3:23 p.m.)

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17 de Abril de 2015

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Aunque no existe reglamentación que establezca de manera puntual la vigencia de la formula médica ordenada por el médico tratante, la dispensación o entrega de medicamentos debe realizarse en forma oportuna, más tratándose de diagnósticos médicos, indicó el Ministerio de Salud. Las EPS tienen el deber de establecer un procedimiento de suministro de medicamentos cubiertos por el plan obligatorio de salud y, en el evento de no poder realizar la entrega completa, disponer un mecanismo que permita entregarlos en un lapso de 48 horas, en el lugar de residencia o trabajo, si el afiliado lo autoriza, de acuerdo con lo previsto en el artículo 131 del Decreto 19 del 2012 (Decreto-Ley Antitrámites), recordó la entidad.

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