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Actualizado hace 21 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


El plazo para presentar la solicitud de recobro ante el Fosyga empieza a contarse desde el momento en que la EPS está en posibilidad real de agotar ese trámite (11:47 a.m.)

07 de Octubre de 2010

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Nota:
69786
Para la solicitud de recobro de los servicios excluidos del plan obligatorio de salud (POS) autorizados por el comité técnico científico u originados en fallos de tutela debe presentarse el original o copia de la factura de venta expedida por el proveedor. Así lo manifestó el Consejo de Estado al prever que las instituciones prestadoras de salud (IPS) u otros proveedores pueden incurrir en demoras a la hora de expedir esa facturación, lo que puede ocasionar el vencimiento del término de seis meses que tiene la entidad promotora de salud (EPS) para presentar la reclamación del recobro ante el Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga). Por esta razón, el consejo declaró la nulidad de los incisos 2° y 3° del artículo 12 de la Resolución 3797 del 2004, en los que se establecía el momento a partir del cual debía contarse el plazo para presentar solicitud de recobro en estos casos. A su juicio, dicho plazo debe contarse desde el momento en que la EPS está en posibilidad real de agotar ese trámite (C.P. María Claudia Rojas Lasso).

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