Dependencia económica de los padres respecto a sus hijos puede ser parcial para lograr la pensión de sobrevivientes (9:36 a.m.)
25 de Septiembre de 2018
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La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que la jurisprudencia de la corporación ha establecido que la dependencia económica de los padres respecto de sus hijos, como requisito para acceder a la pensión de sobrevivencia, no descarta el hecho de que los padres puedan recibir un ingreso adicional, fruto de su propio trabajo o actividad. En efecto, el alto tribunal recordó lo desarrollado en la Sentencia SL-30385 del 2007, en donde precisó que la contribución financiera del hijo, aunque resulte insuficiente para satisfacer sus necesidades, debe ser “constante y permanente” y, además, contribuir a sobrellevar las cargas o gastos familiares. A su vez, resaltó la Sentencia SL-30848 del 2008, en la cual reiteró que ese criterio puede ser parcial, siempre que los ingresos percibidos por los padres no los convierta en autosuficientes monetariamente, situación que solo puede ser definida en cada caso concreto (M. P. Clara Cecilia Dueñas).
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