Costos de transporte por desplazarse a expedir certificados de defunción deben pactarse entre el médico y la IPS (4:11 p.m.)
26 de Enero de 2016
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Nota:
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Los temas de seguridad, horarios y costos del transporte en eventos de desplazamiento del médico para cumplir con la obligación de expedir certificados de defunción de los afiliados al sistema general de seguridad social en salud que hayan sido usuarios de servicios médicos en las IPS deben estarse a lo pactado en el respectivo contrato laboral o de prestación de servicios que se haya celebrado con el profesional, indicó el Ministerio de Salud. Para los médicos que sufran un accidente de trabajo durante el desplazamiento para cumplir la labor encomendada, en los términos de la Ley 1562 del 2012, se entiende que la respectiva IPS debe tener cubiertos esos riesgos laborales a través de su administradora de riesgos, por lo que recibirán la asistencia médica necesaria y el pago de las prestaciones económicas a que haya lugar.
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