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Noticias / Laboral


Remuneración de trabajo suplementario no nubla obligación de pago de auxilio de transporte

17 de Octubre de 2019

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El empleador debe pagar auxilio de transporte cuando el trabajador devengue hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) como contraprestación al servicio contratado, salario que será cancelado por la jornada ordinaria de ocho horas diarias y 48 horas semanales, recordó el Ministerio del Trabajo.

 

Esta jornada ordinaria es la acordada por las partes y, en ausencia de acuerdo, será la máxima legal, que, a su vez, es la que da origen al auxilio de transporte, aun cuando el trabajador perciba sumas adicionales por el trabajo suplementario o de horas extras, aunado al hecho de que, en caso de duda sobre interpretaciones normativas, debe prevalecer la favorabilidad al trabajador.

 

El artículo 21 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), sobre prevalencia de la interpretación más favorable, dispone que, en caso de conflicto o duda sobre la aplicación de normas vigentes de trabajo, prevalece la más favorable al trabajador, la cual debe aplicarse en su integridad, indicó la entidad.        

 

Así las cosas, aunque la remuneración del trabajo suplementario o de horas extras, en virtud de lo previsto en el artículo 127 del CST, es un elemento integrante del salario, aquel trabajo es el que excede de la jornada ordinaria y, por ende, está fuera de los parámetros requeridos para el pago del auxilio de transporte.

 

Mintrabajo, Concepto 961, Sep. 01/19.

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