Paz y salvo de la caja de compensación para traslado requiere que el empleador esté al día en el pago de aportes
15 de Marzo de 2022
Las cajas de compensación familiar deben expedir paz y salvo de desafiliación válido para traslado en un término no superior a 60 días hábiles, para lo cual es necesario que el empleador esté al día en el pago de sus aportes o que suscriba un acuerdo de pago por lo adeudado, siempre y cuando el título ejecutivo no esté en discusión en estrados judiciales.
En este evento, precisó la Superintendencia del Subsidio Familiar, la caja de compensación familiar deberá indicar a la empresa solicitante la fecha a partir de la cual operará su retiro, así como el de los trabajadores afiliados.
De otra parte, indicó, está permitido legalmente a las cajas de compensación la revisión de las nóminas de las empresas, lo cual pueden realizar hasta el momento en que se expida el paz y salvo. Posteriormente, cualquier suma adeudada por mora en el pago de los aportes debe perseguirse a través de mecanismos judiciales pertinentes.
Cabe recordar que la afiliación de los trabajadores se entiende con relación a una determinada caja de compensación en cuanto el respectivo empleador haya sido aceptado y permanezca vigente la vinculación, por no haber sido objeto de retiro voluntario debidamente aceptado, expulsión o suspensión, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 21 de 1982.
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