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Paz y salvo de la caja de compensación para traslado requiere que el empleador esté al día en el pago de aportes

La caja de compensación familiar deberá indicar a la empresa solicitante la fecha a partir de la cual operará su retiro.

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15 de Marzo de 2022

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Las cajas de compensación familiar deben expedir paz y salvo de desafiliación válido para traslado en un término no superior a 60 días hábiles, para lo cual es necesario que el empleador esté al día en el pago de sus aportes o que suscriba un acuerdo de pago por lo adeudado, siempre y cuando el título ejecutivo no esté en discusión en estrados judiciales.

En este evento, precisó la Superintendencia del Subsidio Familiar, la caja de compensación familiar deberá indicar a la empresa solicitante la fecha a partir de la cual operará su retiro, así como el de los trabajadores afiliados.

De otra parte, indicó, está permitido legalmente a las cajas de compensación la revisión de las nóminas de las empresas, lo cual pueden realizar hasta el momento en que se expida el paz y salvo. Posteriormente, cualquier suma adeudada por mora en el pago de los aportes debe perseguirse a través de mecanismos judiciales pertinentes.

Cabe recordar que la afiliación de los trabajadores se entiende con relación a una determinada caja de compensación en cuanto el respectivo empleador haya sido aceptado y permanezca vigente la vinculación, por no haber sido objeto de retiro voluntario debidamente aceptado, expulsión o suspensión, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 21 de 1982.

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