Así se puede desnaturalizar un contrato de prestación de servicios para reconocimiento de un contrato realidad (12:02 p.m.)
21 de Febrero de 2020
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Nota:
114953
Una providencia de la Sección Segunda del Consejo de Estado, a través del estudio del marco normativo y jurisprudencial que protege el contrato realidad, resaltó que para demostrar la desnaturalización del contrato de prestación de servicios la parte demandante debe comprobar la actividad personal, la permanencia, la continua subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador, que faculta a este para exigirle el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e imponerle reglamentos, la cual debe mantenerse por la duración del contrato, así como una retribución del servicio (C. P. Rafael Francisco Suárez Vargas).
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