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Así reglamentarían consignación mensual de cesantías y pago periódico de sus intereses

El ajuste normativo contempla que los intereses sobre las cesantías puedan ser cancelados mensualmente por el empleador, equivalentes al 1 % del salario base de liquidación.

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27 de Mayo de 2026

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El Ministerio del Trabajo propuso un decreto reglamentario para implementar el Régimen Simple Laboral del Auxilio de Cesantías, basado en la reciente Ley 2466/25. Esta normativa permitiría que los empleadores opten por realizar la consignación mensual anticipada de esta prestación, equivalente al 8,33 % del salario base de liquidación, que incluiría el auxilio de transporte.

El mecanismo busca simplificar el cumplimiento de las cargas prestacionales, evitando la acumulación de grandes pasivos al finalizar el año y promoviendo una gestión financiera más equilibrada para las organizaciones. (Lea: INFOGRAFÍA: Intereses de cesantías, calcule cuánto deben pagarle).

La propuesta normativa también contemplaría la posibilidad de que los intereses sobre las cesantías sean pagados de manera periódica cada mes. Bajo este esquema, el empleador reconocería el 1 % del salario base mensual, sin que esto altere el derecho del trabajador a percibir el total anual del 12 % estipulado por la ley. De este modo, el flujo de caja del empleado se vería beneficiado con ingresos constantes, mientras que la empresa aseguraría un cumplimiento progresivo de sus obligaciones financieras, eliminando los riesgos de mora por pagos extemporáneos al cierre del ejercicio anual.

Integración tecnológica y operativa a través de la Pila

Para garantizar la efectividad de este sistema, las consignaciones se efectuarían exclusivamente mediante la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (Pila). El Ministerio de Salud dispondría de un plazo de seis meses para realizar los ajustes técnicos necesarios en la plataforma, permitiendo la trazabilidad y el registro exacto de estos aportes. Las administradoras de fondos de cesantías y los operadores de información tendrían un periodo similar para adaptar sus sistemas, asegurando que la transición hacia este modelo digital sea eficiente y segura para todos los actores del mercado laboral.

Protección de derechos y estabilidad jurídica laboral

Es fundamental destacar que la implementación de este régimen no modificaría la naturaleza jurídica ni el monto final del auxilio de cesantías. Al cierre de cada periodo anual, el empleador realizaría la consolidación definitiva del valor causado, efectuando los ajustes pertinentes según el promedio devengado por el trabajador durante el año. Con esta medida, el Gobierno nacional preservaría íntegramente las garantías laborales, pues la consignación anticipada no se consideraría un pago parcial o fraccionado que afecte la protección del cesante, sino una mejora en la operatividad del sistema de seguridad social.

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