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ARP debe proteger al trabajador subordinado, al independiente y al asociado (2:30 p.m.)

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23 de Enero de 2012

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Las administradoras de riesgos profesionales (ARP) deben proteger a los trabajadores subordinados, a los independientes y a los asociados, luego de recibir su afiliación. Así lo reiteró la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia en sentencia del pasado 25 de octubre, al advertir que los trabajadores asociados no están excluidos del sistema de riesgos profesionales. Por ende, si se cancela oportunamente la prima de aseguramiento o cotización, la ARP debe asumir el riesgo y pagar las prestaciones económicas cuando corresponda. Con estos argumentos, la Corte confirmó una sentencia en la que se le ordenó a la ARP Colmena responder por la pensión de sobrevivientes de origen profesional solicitada por los hijos menores de un afiliado fallecido, trabajador de una cooperativa de trabajo asociado (M.P. Carlos Ernesto Molina).

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