Absuelven a entidad que retrasó pagos de acreencias laborales por falta de disponibilidad presupuestal (11:00 a.m.)
28 de Octubre de 2013
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Nota:
92494
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia señaló que en el caso de una entidad que esperó a recibir recursos para reliquidar unas acreencias laborales debidas no existe prueba de una actitud de burla a los trabajadores. De esta manera, avaló las explicaciones que en el caso concreto aportó la demandada, según las cuales la nivelación salarial y el retroactivo es un derecho que reglamenta el Gobierno Nacional y que no tiene fecha o periodo fijo de cuándo se va a dar, especialmente porque cuando se decreta la mayoría de las entidades han agotado todo el presupuesto (M.P. Carlos Ernesto Molina Monsalve).
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