Violación de derecho a la integridad territorial es de ejecución permanente: Consejo de Estado (12:28 p.m.)
11 de Abril de 2013
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Nota:
87660
Al concluir que la violación del derecho a la integridad territorial es de ejecución permanente, el Consejo de Estado reconoció que es procedente excluir del requisito de inmediatez el amparo constitucional solicitado por 85 comunidades Wayúu afectadas en sus derechos fundamentales por la venezolana PDVSA y los ministerios del Interior y de Ambiente de Colombia, desde hace más de un lustro. La Sección Segunda determinó que el desconocimiento de estas garantías se venía produciendo hace siete años, con la construcción de la interconexión gasífera existente entre los dos países, en límites de la península de la Guajira. A juicio de la corporación, ello se evidenciaba en la inexistencia de una adecuada infraestructura para permitir el normal desarrollo de la vida en comunidad de esta etnia que, por su actividad pastoril, se veía forzada a pasar por encima de tubos con sus animales, exponiendo su integridad física. La mengua en el acceso a sus derechos, dice la providencia, se veía originada además por el riesgo permanente de ataques armados por parte de grupos guerrilleros. En consecuencia, se ordenó a las accionadas que, en menos de tres meses, pongan en marcha un plan de prevención de ataques terroristas y otro para la construcción de puentes y otras obras civiles que solucionen los problemas de tránsito sobre el gasoducto (C.P. Gustavo Gómez).
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