Uso de altoparlantes e instrumentos musicales en zonas residenciales es permitido, siempre que no perturbe la tranquilidad o supere los niveles máximos de ruido (4:47 p.m.)
25 de Octubre de 2010
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Nota:
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El uso de altoparlantes, instrumentos musicales y dispositivos similares en zonas residenciales es permitido, siempre y cuando no se utilicen generando ruido que perturbe la tranquilidad o supere los niveles máximos. Hay lugar a control de policía y la persona responsable puede ser reprendida por la autoridad si el ruido, proveniente de fiestas, cantos, reuniones ruidosas, gritos u otros actos semejantes con aparatos emisores de voces o de notas musicales, afecta a los demás habitantes del lugar. Así lo indicó el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en concepto reciente.
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