Vehículos vacíos solo cancelan el peaje que corresponde a la categoría del número de ejes en contacto con la infraestructura vial (11:29 a.m.)
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26 de Abril de 2010
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Aunque los vehículos que transitan por las estaciones de peaje a cargo del Instituto Nacional de Concesiones (INCO) o del Instituto Nacional de Vías (INVIAS) deben pagar la tarifa que corresponda según la categoría del vehículo por el número de ejes, la Resolución 4596 del 2007 indicó que cuando dichos vehículos transitan vacíos solo deben pagar el peaje que corresponda a la categoría del número de ejes en contacto con la infraestructura vial. Así lo precisó el Ministerio de Transporte, en reciente concepto. Dicha verificación la puede hacer un agente de tránsito de la policía de carreteras.
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