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Noticias / General


Superindustria establece requisitos de calidad para taxímetros

05 de Enero de 2018

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Con el fin de evitar que los taxímetros puedan ser manipulados indebidamente y que se pueda adulterar su medición, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) expidió el Reglamento Técnico para estos dispositivos. (Lea: ¿Por qué Uber y otras plataformas tecnológicas sí pueden operar?)

 

A partir del 1º de julio del 2018, todos los taxímetros que se produzcan o importen al país deberán cumplir con requisitos técnicos y metrológicos para garantizar que las mediciones de tiempo y distancia que toman son precisas en todo momento. Para ello, fabricantes e importadores deberán demostrar que cumplen la regulación de la SIC a través del respectivo certificado de conformidad.

 

Adicionalmente, en aquellos municipios del país donde sea obligatorio el uso de los mismos, será necesario que este tipo de instrumentos sean instalados y reparados en talleres certificados previamente; y deberán tener revisión periódica anual para garantizar su buen funcionamiento por parte de organismos de verificación acreditados por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC). (Lea: Taxista que cometa estas conductas no podría ejercer la actividad hasta por tres años)

 

La implementación del reglamento técnico se hará de manera gradual por parte de las alcaldías municipales, sin que se supere el plazo fijado por la Superindustria, el cual vence el 1º de julio del 2020. (Lea: Empresas de transporte responden por infracciones de vehículos vinculados)

 

De esta manera, explica la SIC, se busca proteger los intereses de los usuarios del servicio público de taxi en todo el país, generando confianza en la prestación de ese servicio que transporta a cientos de miles de colombianos diariamente.

 

La vigilancia en la prestación del servicio de taxi continuará a cargo de las secretarías de movilidad de cada municipio y de la Superintendencia de Industria y Comercio dentro del marco de sus competencias.

 

(Superindustria y Comercio, Resolución 88918, Dic. 28/17)

 

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