Si las condiciones para prestar el servicio público de transporte de carga no se cumplen, se podría cancelar la autorización (10:30 a.m.)
14 de Julio de 2011
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Nota:
125282
De acuerdo con lo previsto en el Decreto 173 del 2001, por el cual se reglamenta el servicio público de transporte terrestre automotor de carga, las empresas legalmente constituidas e interesadas en prestar dicho servicio deben solicitar y obtener habilitación para iniciar operaciones, la cual lleva implícita la respectiva autorización, recordó el Ministerio de Transporte. Si se comprueba que las condiciones de operación, técnicas, de seguridad y financieras que dieron origen al otorgamiento no corresponden a la realidad, se cancelan la licencia, registro o habilitación, una vez vencido el término concedido para superar las deficiencias.
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