Remolques deben matricularse ante los organismos de tránsito (3:22 p.m.)
22 de Julio de 2013
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Nota:
90139
Si un vehículo supera la capacidad de peso prevista para los pequeños remolques en la Ley 769 del 2002, es decir, más de una tonelada, es necesario verificar las especificaciones técnicas señaladas en las fichas de homologación expedidas por el Ministerio de Transporte para remolques y semirremolques y dar aplicación a la Resolución 12379 del 2012, por la cual se adoptan requisitos para adelantar trámites ante los organismos de tránsito. En este caso, se deben matricular los vehículos no motorizados y el conductor debe portar la tarjeta de registro.
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