Motos deben transitar ocupando un carril y usar luces direccionales, recordó Mintransporte
25 de Enero de 2018
El artículo 94 de la Ley 769 del 2002, sobre normas generales para motocicletas, indica que las mismas deben transitar por la derecha de las vías a distancia no mayor a un metro de la acera u orilla y nunca utilizar las vías exclusivas para servicio público colectivo.
No obstante, la Ley 1239 del 2008, por la cual se modificó la Ley 769 del 2002, indica que las motocicletas deben transitar ocupando un carril y usar, de acuerdo con lo estipulado para los vehículos automotores, las luces direccionales y los espejos retrovisores.
Adicionalmente, dispone que conductor y acompañante deberán portar siempre el casco y todo el tiempo que transiten por vías de uso público hacerlo con las luces delanteras y traseras encendidas.
El Ministerio de Transporte recordó lo previsto en el artículo 2 de la Ley 153 de 1887, según el cual la ley posterior prevalece sobre la ley anterior y, en caso de que una ley posterior sea contraria a otra anterior y ambas coexistan al hecho que se juzga se aplicará la ley posterior.
Mintransporte, Concepto, Oct. 31/17
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