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¿Licencia de conducción de un menor de edad tiene restricciones?

05 de Abril de 2018

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Las disposiciones normativas que regulan el tema de la licencia de conducción no establecen ningún tipo de restricción que deba registrarse en dicho documento para los menores de edad, únicamente se señalará la categoría en la que podrán ejercer la actividad, precisó el Ministerio de Transporte.

 

El artículo 19 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 del 2002) define la licencia de conducción como el documento público de carácter personal e intransferible que autoriza a una persona para conducir vehículos en el territorio nacional.

 

Así mismo, dispone como requisitos para obtenerlo saber leer y escribir, tener 16 años de edad cumplidos, aprobar exámenes teórico y práctico de conducción para vehículos particulares, obtener certificado de aptitud en conducción otorgado por un centro de enseñanza automovilística y presentar certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz.

 

No obstante, aclaró, para conducir vehículos matriculados en el servicio público, teniendo en cuenta su naturaleza, es necesario que el interesado haya cumplido la mayoría de edad, es decir, 18 años.

 

Finalmente, la entidad recordó que es deber de todo conductor, pasajero o peatón tener pleno conocimiento de las normas y señales de tránsito, además de obedecer las indicaciones de las autoridades y no obstaculizar, perjudicar o poner en riesgo a las demás personas.  

 

Mintransporte, Concepto 20171340555501, Dic. 18/17

 

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