Decretos reglamentarios únicosEste es el decreto que amplía el plazo para tramitar y renovar la autorización de internación temporal de vehículos (11:45 a.m.)
28 de Diciembre de 2018
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Nota:
111193
A través del Decreto 2453 del 2018, firmado por el presidente Iván Duque y cuatro de sus ministros, el Gobierno amplió los plazos para presentar la solicitud y la renovación de la autorización de internación temporal de vehículos de distinto tipo, que ingresan y circulan especialmente en zonas fronterizas. La norma indica que los vehículos, motocicletas o embarcaciones fluviales menores que correspondan a modelos matriculados hasta el 19 de agosto del 2015 que hayan ingresado desde Venezuela a territorio colombiano y circulen en las llamadas Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo sin tener la autorización de internación temporal respectiva, deberán solicitar dicha autorización ante la autoridad competente antes del 27 de junio del 2020. Dichos vehículos con matrícula de un país vecino, que al 27 de diciembre del 2017 contaban con autorización de internación temporal vigente, deberán realizar el trámite de renovación de la autorización antes de la fecha arriba señalada, so pena de la aplicación de las medidas de aprehensión y decomiso.
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