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Ley de cine busca fomentar el rodaje de películas en Colombia
12 de Julio de 2012
La nueva ley de cine (Ley 1556 del 2012), que busca promover al país como escenario para el rodaje de obras cinematográficas, fue sancionada este miércoles por el presidente Juan Manuel Santos.
Entre otros objetivos, la norma pretende impulsar y desarrollar la industria cinematográfica en Colombia. Según el Ejecutivo, en los próximos cinco años se generarían alrededor de 4.000 empleos, y nuevos negocios por unos 200 millones de dólares.
“A partir de ahora hacemos parte de la exclusiva lista de países que tienen un sistema de estímulos para atraer la producción de películas en su suelo”, afirmó Santos.
De acuerdo con la ley, un productor nacional o internacional que utilice el territorio colombiano para el rodaje de una película recibirá una contraprestación equivalente al 40 % de los gastos por servicios cinematográficos, y del 20 % de los gastos de hotelería, alimentación y transporte.
Los servicios cinematográficos deberán ser contratados con sociedades colombianas, lo que, a su vez, elevaría el nivel de la producción local.
Las condiciones
Inicialmente, el fondo para las contraprestaciones será de 25.000 millones de pesos, que saldrán del presupuesto nacional.
Únicamente se podrán aprobar proyectos cuando el productor cinematográfico invierta en territorio colombiano al menos 1.800 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Estos recursos deberán manejarse a través de una fiducia administrada por una sociedad fiduciaria vigilada por la Superintendencia Financiera.
El Fondo Fílmico Colombia será la entidad encargada de celebrar los contratos con los productores cinematográficos que rueden total o parcialmente sus obras en el país.
A las empresas productoras se les reconocerán las contraprestaciones, cuando finalicen los compromisos de producción o posproducción de la película.
Además de los estímulos mencionados, se otorgarán visas especiales para el talento cinematográfico y se facilitarán los trámites, para incentivar el rodaje.
“El Ministerio de Relaciones Exteriores deberá contar con un régimen especial para el ingreso de personal artístico, técnico y de producción extranjero, con el objeto de realizar proyectos de producción de películas extranjeras sin necesidad de la expedición de visas de trabajo”, indica la norma.
(Ley 1556, jul. 11/12)
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