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Error no es excusa para que operadores de telecomunicaciones cobren valores no informados
24 de Junio de 2011
Las condiciones y restricciones de las promociones y ofertas que son publicitadas por los operadores de servicios de telecomunicaciones deben ser claramente identificables por los potenciales suscriptores, independientemente del medio a través del cual se divulguen, advirtió la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).
De acuerdo con la Resolución 1732 del 2007 (régimen de protección de derechos de suscriptores y usuarios de servicios de telecomunicaciones), antes de celebrar los contratos y durante su ejecución, la información suministrada sobre el servicio debe ser clara, veraz, suficiente y precisa, pues crea un vínculo jurídico.
Así las cosas, el operador no puede excusarse en el error, para cobrar servicios y otros valores no informados al momento de adquirir el servicio, promoción u oferta, indicó la CRC.
Según la entidad, cuando el usuario acude ante el operador para adquirir una promoción u oferta, este debe informarle las condiciones y almacenar el soporte del suministro de la información, por lo menos durante los seis meses siguientes a la terminación del contrato.
Sobre la modalidad de tarjetas prepago, precisó que, cuando se hace uso de ellas, el operador debe informarle al usuario el saldo de dinero disponible y su vigencia, mediante mensaje de texto. Esta misma información puede suministrarse a través del número de atención gratuito, que debe estar impreso en la tarjeta, o de forma automática.
(CRC, Cpto. 51013, abr. 8/11)
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