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Suspenden a defensor público que no compareció a algunas audiencias

Al omitir el deber legal de asistir a las audiencias programadas donde fungió como defensor impidió que siguiera adelante ese proceso, de manera célere y efectiva.
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¿Cómo puede una persona considerada incapaz vender una sentencia judicial proferida a su favor? (GettyImages)

24 de Mayo de 2022

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Un abogado que fungía como defensor público en un proceso penal lesionó el deber profesional que lo obligaba a atender con celosa diligencia sus encargos profesionales, al omitir el deber legal de asistir a unas audiencias programadas por el juzgado impidió que siguiera adelante ese proceso de manera célere y efectiva.

Esa clase de conductas afectan de manera grave el ejercicio de la profesión, debido a que es un deber legal la defensa de los representados, y por su especial condición de defensor público designado por el Estado omitió de manera negligente adelantar las gestiones encomendadas, como comparecer a las audiencias de verificación de allanamiento citadas. (Lea: Censuran a abogado que no asistió a diligencia de secuestro)

En el mismo sentido, los profesionales del Derecho que escogen como medio de subsistencia el ejercicio de la abogacía de forma independiente, se afirma en la decisión, deben ser individuos de sanas convicciones éticas que entiendan cabalmente cuáles son los fines primordiales de la justicia; pues también se afecta gravemente la credibilidad frente a la sociedad, teniendo en cuenta que justamente es el medio humano por el que se accede a ella.

En consecuencia, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la sanción de censura impuesta al disciplinado luego de confirmar el actuar antijurídico del abogado, con lo que quedó demostrado el injustificado incumplimiento de los deberes profesionales consagrados en el Código del Abogado (M. P. Alfonso Cajiao Cabrera).

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