Superservicios puede asumir de oficio el presunto incumplimiento de la normativa por parte del prestador
20 de Enero de 2022
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, a través del ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control, despliega diferentes actuaciones administrativas, dentro de las cuales se destacan las investigaciones de carácter sancionatorio adelantadas en contra de los prestadores que omiten el cumplimiento de las disposiciones legales y regulatorias a los que están sujetos.
Frente a los presuntos incumplimientos de la normativa, la entidad podrá asumir conocimiento: (i) de oficio, a partir del ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control; (ii) con ocasión de las denuncias o quejas que presenten los usuarios por violación al régimen y (iii) a través de la interposición de recursos, de los cuales conocerá en segunda instancia como superior funcional de los prestadores.
En este sentido, el usuario podrá presentar la respectiva denuncia a la superintendencia por el incumplimiento al régimen de los servicios públicos, quien tiene la función de adelantar las investigaciones a que haya lugar para determinar si se presentó o no una infracción.
La entidad es competente para resolver los recursos de apelación interpuestos contra las decisiones adoptadas en sede del prestador con ocasión de las reclamaciones presentadas por los usuarios, de conformidad con lo previsto en el artículo 154 de la Ley 142 de 1994. Esta función está en cabeza de las direcciones territoriales y se activa una vez el usuario interpone el respectivo recurso y el prestador del servicio remite el expediente.
Dichos recursos son una prerrogativa legal del suscriptor o usuario para que el prestador del servicio revise, aclare, modifique o revoque las decisiones que afectan la ejecución del contrato de condiciones uniformes o la prestación del servicio. A su vez, indicó la entidad, se materializa el derecho de defensa y el control de legalidad en sede administrativa que pueden ejercer los usuarios o suscriptores.
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