Supernotariado e IGAC modifican lineamientos para corregir linderos (2:01 p.m.)
07 de Mayo de 2019
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Nota:
112040
La Superintendencia de Notariado y Registro (SNR) y el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), con la Resolución Conjunta 5204, del 23 de abril del 2019, modificaron parcialmente los lineamientos y los procedimientos para corregir, aclarar, actualizar o rectificar las áreas y los linderos de los inmuebles por parte de los propietarios, establecidos en las resoluciones 1732 y 221 del 2018. Entre las novedades se encuentra la determinación de que la actualización de los linderos, la rectificación del área por imprecisa determinación y la rectificación de los linderos por acuerdo entre las partes serán aplicables durante la implementación del catastro multipropósito. Según la norma, esto cobijará a todos los inmuebles, sin distingo del título originario de dominio. Adicional a ello, establece que no debe limitarse la libre comercialización de los bienes inmuebles, por cuanto es viable ejercer la facultad de disposición. Así mismo, ordena que la solicitud de actualización de linderos proceda por una sola vez, salvo en aquellos casos en los cuales las causales de actualización posteriores versen sobre hechos, pruebas o sujetos diferentes a los incluidos en la primera oportunidad.
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