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SIC imparte instrucciones para el uso de datos personales con fines de publicidad

28 de Julio de 2022

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Nota:
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Ordenan a la Alcaldía de Bogotá garantizar seguridad de datos personales en aplicativo de certificados de vacunación contra el covid-19 (Freepik)

Con base en los lineamientos legales que reglamentan y regulan el uso y protección de datos personales, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) emitió algunas instrucciones para el tratamiento de datos con fines de publicidad, marketing o prospección comercial.

 

A través de una circular externa, la Superintendencia recordó a todos los responsables o encargados del sector real, financiero, asegurador o bursátil que en la realización de sus campañas publicitarias mediante técnicas o herramientas como “marcadores predictivos”, “robocalls”, “nuisance calls” e inteligencia artificial no se suprime su obligación de cumplir con la protección de datos, cuya normativa sigue vigente. (Lea: Llamadas automatizadas o robóticas deben contar con autorización del titular de datos personales)

 

Así mismo, recalcó la importancia de validar que los datos fueron obtenidos lícitamente y que pueden ser usados con fines de marketing, mercadeo y publicidad, es decir, que se cuenta con la autorización del titular, la cual además de ser previa, expresa e informada, debe permitir no solo la recolección de datos, sino también su consentimiento para usarlos para estos fines. Según indicó la entidad, si la autorización omite alguno de estos requisitos los datos recolectados no se podrán usar lícitamente.

 

El uso de bases de datos “piratas”, “ilegales” o de dudosa procedencia genera responsabilidades administrativas, civiles y penales, puesto que se incurriría en el delito de violación de datos personales, el cual, de acuerdo a la legislación, da una pena de prisión entre 48 y 96 meses y multas hasta por 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

 

Por otro lado, la SIC también ordenó no contactar a las personas que no quieran recibir más publicidad, pese a que con antelación hayan dado su autorización, esto argumentando que el uso de datos no es ilimitado, incondicional, vitalicio o perpetuo, por lo que el ciudadano tiene derecho a revocar su consentimiento y a solicitar la supresión de sus datos personales. (Lea: Silencio del titular no significa que haya autorizado el uso de sus datos personales)

 

Atendiendo lo anterior, recomienda a las organizaciones: 

 

  • Capacitar a su equipo para que respete y garantice el derecho de las personas de revocar la autorización y suprimir sus datos, cuando haya lugar a ello.
  • Impartir instrucciones para que dejen de llamar o contactar a las personas cuando estas se lo solicitan.
  • Implementar mecanismos manuales o automáticos, gratuitos, sencillos y eficaces para que las personas puedan solicitar la supresión de sus datos o la revocatoria de la autorización.

 

Finalmente, le informa a las organizaciones que el uso de datos personales para actividades de publicidad u ofrecimiento de productos y servicios únicamente lo podrán realizar en días y horarios que no afecten la paz o tranquilidad de la persona o su familia, por esta razón deberán consultar al titular los días y horarios en el que desea ser contactado

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