Servidor público no requiere paz y salvo para la liquidación de prestaciones sociales por retiro (2:50 p.m.)
09 de Enero de 2020
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Nota:
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La liquidación y pago de los valores correspondientes a la finalización del vínculo laboral con los servidores públicos debe ser lo más diligente posible, de manera que se realice en un plazo moderado y no se ocasione un perjuicio o se ponga en riesgo el mínimo vital de estos y sus familias, indicó el Departamento Administrativo de la Función Pública. Así, de acuerdo con lo previsto también por la Corte Constitucional, al momento del retiro el servidor no necesita paz y salvo para la liquidación de sus prestaciones sociales. No obstante, aclaró la entidad, debe hacer entrega de su puesto de trabajo y de todos los bienes y valores que le fueron encomendados para el buen funcionamiento de su labor.
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