Prohibiciones a servidores públicos para que no incurran en indebida participación en política
No pueden autorizar la utilización de inmuebles de carácter público para actividades proselitistas.Openx [71](300x120)
04 de Septiembre de 2025
El Procurador General de la Nación emitió una directiva para garantizar la neutralidad y equidad en el proceso electoral que viene. Recordemos que habrá elecciones para Congreso de la República y a la Presidencia y Vicepresidencia de la República, previstas para el 8 de marzo y el 31 de mayo del 2026, respectivamente, y para el 21 de junio, en caso de presentarse una segunda vuelta.
Se establece que los funcionarios y los particulares que desempeñen funciones públicas tienen el deber de acatar las prohibiciones relativas a la indebida participación en las actividades de los partidos y movimientos políticos y en controversias políticas, sin perjuicio de su derecho de afiliación a esas agrupaciones y al voto.
Entre las prohibiciones a los servidores públicos se encuentran:
- Utilizar el cargo para participar en actividades de los partidos o movimientos políticos y en las controversias políticas.
- Acosar, presionar o determinar en cualquier forma a particulares o subalternos a respaldar alguna causa, campaña, controversia política o influir en procesos electorales de carácter partidista.
- Usar los elementos destinados al servicio público para hacer proselitismo o desempeñar en cualquier sentido la actividad política electoral.
- Usar con los mismos fines información reservada a la cual tenga acceso por razón de su cargo.
- Disponer del tiempo de servicio u horario de trabajo para gestionar actividades de tipo político.
- Realizar contribuciones al financiamiento de partidos, campañas o causas políticas, salvo las excepciones previstas para los miembros de las corporaciones públicas.
- Difundir propaganda electoral o realizar manifestaciones a favor o en contra de cualquier partido, agrupación, movimiento político o candidaturas, a través de cualquier medio.
- Autorizar la utilización de inmuebles o bienes muebles de carácter público para actividades proselitistas.
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