¿Cómo se clasifican los inmuebles residenciales, comerciales o industriales para efectos de servicios públicos? (3:31 p.m.)
31 de Julio de 2018
Reproducir
Nota:
107804
La Ley 142 de 1994 solo se ocupó de la estratificación de los usuarios de servicios públicos domiciliarios residenciales, sin definir nada respecto al uso comercial e industrial, asunto que ha sido regulado vía reglamentaria, así como también a través de los contratos de condiciones uniformes, indicó la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. De acuerdo con las definiciones que prevé el artículo 2.3.1.1.1 del Decreto Único Reglamentario 1077 del 2015, todo uso diferente del cubrimiento de necesidades relacionadas con la vivienda de las personas tendrá el tratamiento de comercial e industrial para efectos de facturación, a menos que se trate de usuarios especiales y oficiales. En cada caso particular se deben analizar los artículos 10, 20, 21, 22, 23, 100 y 1192 del Código de Comercio (actividades comerciales) y el Código Industrial Internacional Uniforme (CIIU), o la última versión de clasificación de la Organización de Naciones Unidas (actividades industriales).
Opina, Comenta