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Cobrar cargo fijo por servicio que no se presta constituye abuso de la posición de dominio (8:00 a.m.)

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20 de Febrero de 2015

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El Consejo de Estado respaldó la legalidad de los actos administrativos que expidió la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para imponer una sanción a título de multa a una empresa telecomunicaciones por el cobro en la facturación de cargos fijos y consumos a usuarios aunque estos no hayan hecho uso del servicio de telefonía. Para el alto tribunal, esta conducta constituye un claro abuso de la posición de dominio, frente a lo cual advirtió que no puede valerse de su condición para incumplir con sus obligaciones y cobrar un cargo fijo por un servicio que no presta (artículos 11.1, 14.13 y 133 de la Ley 142 de 1994 y 6.1.1 de la Resolución 87 de la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones) (C. P. Guillermo Vargas Ayala).

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